Condiciones Generales de Contratación Llopis Servicios Ambientales S.L
1. Ámbito de aplicación
Las presentes condiciones generales de contratación serán aplicables a cualquier contrato de compraventa, distribución y servicio por parte LLOPIS SERVICIOS AMBIENTALES S.L (en adelante la Empresa) en el marco de su actividad de recogida, transporte, recepción y almacenaje de residuos peligrosos y no peligrosos, recogida de lodos y restos de desbaste, segregación y comercio de residuos y subproductos destinados a favorecer el medioambiente, venta de materiales reciclados, construcción y mantenimiento de instalaciones relacionados con el sector industrial de edificación, sector energético, agroalimentario, educación, administración pública, HORECA y particulares, y cualquier otro que contratase con ésta, con el que en adelante se denominará «el Cliente”, entendiéndose que el Cliente o proveedor se somete a ellas, salvo que las partes hayan acordado otra cosa por escrito, por lo que serán inválidas en este sentido las cláusulas o condiciones que figuren, impresas o manuscritas, en los pedidos, cartas u otros documentos emitidos por el Cliente.
La modificación por la Empresa de las presentes condiciones de contratación no afectará a contratos ya perfeccionados.
Estas condiciones son públicas y se le comunican a los clientes por correo postal, electrónico u otro medio que la empresa vendedora elija, y no será necesario comunicárselas a los clientes cada vez que se realice un contrato, bastará con comunicárselas una vez, ya que son las mismas para todas las operaciones excepto pacto por escrito en contrario.
De todas maneras y para que el Cliente o proveedor no puede alegar la falta de comunicación de las mismas, en todos los albaranes o presupuestos que la empresa emite se comunica al Cliente que está sujeto a éstas y por si no tuviese conocimiento de las mismas se le comunica que están a su disposición en: Las oficinas de la empresa sitas en Ctra. De la Esclusa, número 4, 41011, Sevilla, o también las puede obtener en la URL https://www.llopisserviciosambientales.es/ en la sección de “condiciones generales de la contratación” con el nombre de “Condiciones generales de la contratación de LLOPIS SERVICIOS AMBIENTALES S.L ”.
2. Presupuesto u oferta
El Cliente tiene podrá recibir un presupuesto u oferta por escrito y detallado de la prestación de servicio que contrata. La validez del mismo será de 30 días a contar desde aquél en que la empresa le comunique que lo tiene realizado y a su disposición. Si el Cliente no solicita la elaboración de presupuesto, se entiende que renuncia a la realización del mismo.
La Empresa podrá llevar a cabo el encargo solicitado cuando el Cliente haya dado su conformidad mediante la aceptación del presupuesto por email o por escrito, o haya renunciado a la elaboración del mismo al efectuar directamente el pedido. Las tasas, licencias o permisos al Ayuntamiento no están incluidos en la oferta o presupuesto.
La Empresa no percibirá retribución alguna por la realización del presupuesto siempre que dichos servicios o suministros sean ejecutados por él; no obstante, si el Cliente, una vez realizado el presupuesto, decide desistir de los servicios presupuestados deberá abonar las horas de trabajo necesarias para la confección de dicho presupuesto, reservándose la Empresa el derecho a cobrar el presupuesto solicitado por cada hora necesaria para su elaboración.
Asimismo, serán de cargo del Cliente los costes en que haya tenido que incurrir la Empresa para presupuestar o proyectar el encargo, siempre y cuando decida desistir del mismo, aun cuando no se hubiese iniciado el proceso de fabricación.
3. Plazo de prestación del servicio
El plazo de prestación del servicio será el reflejado en el pedido o presupuesto o el pactado entre las partes. El plazo será razonablemente ampliado si por motivos ajenos a la voluntad y control de la Empresa impiden el cumplimiento con la fecha de prestación del servicio.
Asimismo, el plazo de prestación del servicio será ampliado si el Cliente cambia los servicios que requiere o se retrasa en sus obligaciones contractuales.
Condiciones que serán a cargo del cliente, siempre que los trabajos lo requieran:
• Solicitud de permisos y trámite previos necesarios ante la autoridad pertinente
•Libertad de tránsito por las instalaciones para los trabajadores de LLOPIS SERVICIOS AMBIENTALES S.L»
• Se encarguen de llevar a cabo los trabajos acordados, en la medida de lo necesario.
• Suministro de energía eléctrica y agua.
• Medios para carga y descarga.
• Accesibilidad para los medios de transporte necesarios.
4. Precio
Todos los precios se pactarán por cliente y deberán ser considerados como netos, en la moneda pactada entre las partes, sin ninguna deducción de cualquier tipo, salvo pacto en contrario.
En caso de que los residuos no se entreguen por separado el coste del servicio será superior. Los precios no incluyen impuestos, tasas u otras cargas, tanto de naturaleza general como especial, que serán a cargo del Cliente, y serán de 10% IVA a aplicar en residuos y 21% en el resto de servicios y artículos.
5. Forma de pago
Salvo pacto escrito en contrario, el pago de los productos y/o servicios contratados deberá de efectuarse por transferencia a 30 DIAS o al contado (en el caso de importes no superiores a 1.500€), sin ningún descuento, y sin que se permita deducción, compensación o retención de pagos por parte del Cliente.
Cualquier pedido en el cual haya que efectuar un pago a cuenta por adelantado no se considerará efectivo hasta la entrega de dicho pago. Si la Empresa lo considera oportuno por la posición financiera del Cliente, podrá solicitar las garantías que considere necesarias para asegurar el debido cumplimiento de las obligaciones contractuales del Cliente, pudiendo entretanto suspender las entregas.
En caso de existir pacto expreso entre las partes en el aplazamiento de las obligaciones contractuales y en especial en los cobros, el retraso en el cumplimiento de los mismos devengara el máximo legal de intereses por ley permitido.
6. Apertura de cuentas con clientes
De LLOPIS SERVICIOS AMBIENTALES S.L si lo considera oportuno podrá aperturar cuentas de crédito con sus clientes concediendo un límite de riesgo y pactando formas de pago adecuadas particularizadas para cada Cliente.
Estas condiciones se registran en un documento que a tal efecto se expide por de LLOPIS SERVICIOS AMBIENTALES S.L y se firma por ambas partes aceptando en todo caso estas condiciones generales de contratación de LLOPIS SERVICIOS AMBIENTALES S.L y expresamente la cláusula especial de arbitraje. LLOPIS SERVICIOS AMBIENTALES S.L se reserva el derecho si así lo considera oportuno de modificar o cancelar dicha cuenta de crédito ante cualquier incumplimiento contractual sin previo aviso y sin necesidad de comunicación.
En el momento en que por la posición deudora del Cliente se supere el límite de riesgo concedido, LLOPIS SERVICIOS AMBIENTALES S.L en virtud de la firma y aceptación de estas condiciones queda autorizada para girar a la cuenta del Cliente registrada en el contrato de apertura de cuenta el exceso sobre el límite de riesgo concedido. Este giro tendrá la consideración de recibo aceptado.
7. Devengo de intereses de demora e indemnización por costes de cobro
Con efectos desde la fecha de pago acordada, el CLIENTE deberá pagar intereses de demora según la Ley 15/2010, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, que se fijan con la aceptación de estas condiciones generales de contratación en el máximo legal permitida en concepto de intereses.
Si el CLIENTE incurre en mora en un pago o la prestación de una garantía acordada, se considerarán líquidos y exigibles todos los cobros pendientes en ese momento, vencidos o no. Además del devengo de estos intereses cuando el CLIENTE incurra en mora, el industrial tendrá derecho a reclamar al CLIENTE los costes de cobro referidos en la Ley 15/2010
8. Aceptación del servicio
El servicio se entenderá aceptado con la firma de la oferta. Asimismo y previamente a la prestación del servicio, el cliente tendrá que cumplimentar un documento de solicitud de admisión del residuo indicando exactamente el material de recogida.
La modificación de las características físicas o químicas del residuo, así como del lixiviado que pueda generar el mismo, podrán ser motivo de variación de la presente oferta de servicio, e incluso del rechazo del material recibido.
Con periodicidad QUINCENAL se remitirá una copia de cada uno de los albaranes de descarga acompañados de la factura correspondiente a dicho mes. La falta de pago de los servicios prestados será motivo de la suspensión de los mismos. La oferta se revisará ante nuevas exigencias medioambientales en la legislación de residuos, aplicación de tasas, etc.
9. Recepción de residuos
Cuando el residuo recepcionado no se corresponda con la descripción se procederá según sea el caso conforme a las siguientes especificaciones:
2.1. SUPUESTO 1: Se detectan en medio de la masa de residuos que no se corresponde con el residuo declarado pero no presenta problemas para su gestión por eliminación en vaso de deposición D5. Se abrirá la correspondiente NO CONFORMIDAD INFORMANDO AL OPERADOR Y SE INDICARÁ EL IMPORTE DE APLICACIÓN SI FUESE DISTINTO DEL ESTABLECIDO, SIENDO RESPONSABILIDAD DEL OPERADOR (EL CLIENTE)ASUMIR EL DIFERENCIAL QUE CORRESPONDA.
2.2. SUPUESTO 2: Se detecten en medio del residuo otros residuos distintos de los descritos no aptos para ELIMINACIÓN y susceptibles de ser tratados en otras instalaciones de RESIDUOS NO PELIGROSOS. Se abrirá la correspondiente NO CONFORMIDAD INFORMANDO AL OPERADOR, SE PROCEDERÁ A LA SEGREGACIÓN, ACONDICIONAMIENTO Y ADECUADA GESTIÓN, REPERCUTIENDO LOS COSTES DE DICHA OPERACIÓN AL OPERADOR. (EL CLIENTE)
2.3. SUPUESTO 3: Se detecten residuos distintos de los descritos, siendo estos PELIGROSOS. Se abrirá la correspondiente NO CONFORMIDAD, INFORMANDO AL OPERADOR, SE PROCEDERÁ A LA SEGREGACIÓN ACONDICIONAMIENTO Y ADECUADA GESTIÓN, REPERCUTIENDO LOS COSTES DE DICHAS OPERACIÓN AL OPERADOR.(EL CLIENTE)
2.4. SUPUESTO 4: Detectados cualquiera de los SUPUESTOS 1,2 o 3, el OPERADOR (EL CLIENTE) una vez que recibe la comunicación de la NO CONFORMIDAD, da ORDEN DE QUE SE CARGUE NUEVAMENTE EN EL TRANSPORTE ORIGINAL PARA LA GESTIÓN POR SU CUENTA. Se procederá de esta forma repercutiendo los costes de CARGA a razón 52,00 €/hora de carga. Se facturarán por administración en tramos mínimos de ½ hora.
2.5. SUPUESTO 5: Cuando la totalidad de la carga resulte no admisible, detectado PREVIO A LA DESCARGA NO SE ADMITIRÁ LA MISMA y será por cuenta del OPERADOR (EL CLIENTE) LA DEVOLUCIÓN A ORIGEN. Detectado a la descarga, se abrirá la correspondiente NO CONFORMIDAD, informando al OPERADOR (EL CLIENTE) y se procederá a la carga integra en el transporte de ORIGEN, repercutiendo los costes de carga al OPERADOR (EL CLIENTE) y siendo por cuenta de este la DEVOLUCIÓN A ORIGEN, acompañado documento de identificación con la indicación de la devolución del residuo NOTA: Todas las NO CONFORMIDADES se documentará mediante informe, fotografías y toma de muestras cuando corresponda.
Para aquellas situaciones que pudieran producirse durante un traslado que no estuvieran previstas en el contrato de tratamiento, quedará sujeto a lo establecido en el reglamento comunitario El Convenio de Basilea de 22 de marzo de 1989
10. Reserva de dominio
La EMPRESA seguirá siendo dueña de de los residuos utilizados para su posterior venta y de la maquinaria hasta la recepción completa de los pagos acordados. De esta misma manera, el CLIENTE autoriza a la empresa a retirar los mismos de sus instalaciones o dominios, sin previo aviso ni autorización a partir del primer incumplimiento contractual, considerándose la aceptación de estas condiciones como autorización expresa y a los efectos señalados.
11. Seguros
El beneficio y riesgo del objeto del contrato pasarán al CLIENTE una vez puesto a disposición del mismo en el lugar acordado en el contrato.
12. Incumplimiento del CLIENTE
En caso de incumplimiento, total o parcial, o falta de cumplimiento puntual o adecuado de cualquiera de las obligaciones del CLIENTE, así como, en caso de declaración de concurso de acreedores, liquidación o disolución de su empresa, LLOPIS SERVICIOS AMBIENTALES S.L tendrá derecho a notificar la rescisión total o parcial del contrato o la suspensión de su ejecución en todo o en parte.
Ello se realizará mediante notificación sin necesidad de ulterior advertencia de incumplimiento o intervención judicial, y sin que la Empresa deba responder por los daños, sin perjuicio de cuántos otros derechos asistan a la Empresa. Tan pronto como se produzca cualquiera de las circunstancias antes mencionadas, todas las reclamaciones de pago, vencidas o no, cuotas de refinanciación o cualquier otra obligación que la Empresa tenga frente al CLIENTE se convertirán exigibles y en pagaderas inmediatamente.
Los documentos cambiarios o, en su defecto, cualquier otro documento formal de pagos estipulados para el pago de las obligaciones contractuales contraídas entre ambas empresas deberán ser enviados a la Empresa en el momento de emisión de la factura. El retraso en su entrega se considera como incumplimiento contractual.
13. Propiedad de los contenedores y maquinaria
La empresa es propietaria de los contenedores utilizados en la prestación del servicio, así como de la maquinaria.
14. Alquiler maquinaria
La maquinaria se alquilará siempre con un operario. El Transporte se facturará de forma independiente. La Alimentación y el combustible corren por cuenta del cliente. FACTURACIÓN MINIMA 8 horas/día Las horas que se realicen en sábados, domingos o festivos se facturarán por administración en tramos mínimos de ½ hora.
Con periodicidad QUINCENAL se remitirá una copia de cada uno de los albaranes de servicio acompañados de la factura correspondiente al periodo de facturación. La falta de pago de los servicios prestados será motivo de la suspensión de los mismos. El cliente se compromete a otorgar un derecho de tanteo a LLOPIS SERVICIOS AMBIENTALES, por cualquier causa o resolución anticipada conforme a lo legal o pactado, respecto de los acuerdos comerciales con terceros que pudieran llegar en relación con los servicios objeto de esta oferta.
La duración de este contrato está sujeto a un plazo máximo de permanencia del equipo en sus instalaciones de 3 semanas. LLOPIS SERVICIOS AMBIENTALES dispone de una póliza de RC con total cobertura en los campos de: RC Medioambiental, RC Explotación, RC Patronal, RC Productos, RC Profesional. Los vehículos que descarguen en las instalaciones de LLOPIS SERVICIOS AMBIENTALES, S.L. deberán cumplir las NORMAS DE SEGURIDAD según especificaciones adjuntas a la presente oferta. Cuando todos o parte de los servicios se realicen en las instalaciones del cliente, este deberá facilitar a LLOPIS SERVICIOS AMBIENTALES la evaluación de riesgos generales en planta así como sus medidas preventivas, las cuales serán entregadas a nuestro personal y/o subcontratas.
En caso de no recibir la información solicitada se entiende que dichos trabajos serán supervisados por el Recurso Preventivo designado por el Cliente dentro de sus instalaciones PREVIO AL INICIO DE LOS TRABAJOS SE REALIZARÁ LA OPORTUNA COORDINACIÓN PRL.
15. Fuerza mayor
“Fuerza Mayor” significa, a los efectos del presente contrato, la existencia de cualquier contingencia, circunstancia o causa que esté más allá del control de la parte que la invoca, incluyendo, pero no limitándolo, a las siguientes circunstancias: imposición o sumisión a una ley, regulación, decreto, orden o solicitud de cualquier autoridad (nacional, estatal, autonómica, provincial o municipal), confiscación, motín, guerra, disturbios, incendios, inundaciones, terremotos, tormentas, explosiones, huelgas, cierres, parada de maquinaria o de fábrica, imposibilidad de conseguir materias primas, equipos, gasóleo o transporte.
Si por Fuerza Mayor cualquiera de las Partes no puede cumplir alguna obligación del presente Contrato distinta a la de pago del precio, dicha Parte queda exonerada de su cumplimiento, siempre que lo notifique a la otra indicando el comienzo y la naturaleza de la situación de Fuerza Mayor.
La Parte que invoque la Fuerza Mayor deberá enviar notificación inmediata tras la finalización de la causa que motive la misma. La Empresa no será responsable frente al CLIENTE por ninguna pérdida o daño derivado del incumplimiento o de la falta de cumplimiento puntual o total de sus obligaciones por causa de Fuerza Mayor.
Esta cláusula es aplicable a la Empresa y a su planta, y al CLIENTE y su planta. No obstante los anteriores apartados de este artículo, si al CLIENTE le afecta la Fuerza Mayor no será relevado de ninguna de sus obligaciones de aceptar y pagar los envíos hechos con anterioridad al recibo por parte de la Empresa de la notificación por escrito del CLIENTE de la situación de Fuerza Mayor; tampoco el CLIENTE podrá invocar la causa de Fuerza Mayor para retrasar el pago de la cantidades adeudadas.
Si concurre causa de Fuerza Mayor, la Empresa tendrá derecho a distribuir, en la forma que considere razonable, las cantidades de productos útiles entre sus CLIENTES y sus propios requerimientos.
16. Compensación
La Empresa tiene derecho a compensar cualquier suma que le adeude el CLIENTE (entendido como todas las compañías que forman parte del mismo grupo que el Comprador), contra cualquier suma pagadera al CLIENTE.
17. Notificaciones
Todas las notificaciones, modificaciones y comunicaciones por parte de la Empresa al CLIENTE se considerarán eficaces a todos los efectos cuando se realicen por envío de correo postal al domicilio indicado por el CLIENTE, envío por correo electrónico, sms, Whatsapp, comunicación por llamada telefónica a la dirección o número indicado por el CLIENTE o, en su defecto, al número propiedad del CLIENTE o de sus apoderados.
A estos efectos, el CLIENTE manifiesta que todos los datos facilitados por él son ciertos y correctos, y se compromete a comunicar a la Empresa todos los cambios relativos a su domicilio, datos de cobro y todo tipo de información necesaria para la gestión y mantenimiento de la relación contractual entre la Empresa y el CLIENTE.
18. Confidencialidad y protección de datos
De acuerdo con lo establecido por las normas de Protección de Datos Personales, le informamos que, cuando sea necesario que el Usuario se registre o facilite datos personales, está facilitando sus datos de carácter personal al Responsable de Tratamiento: LLOPIS SERVICIOS AMBIENTALES, S.L. La Sociedad mantendrá todos los registros de actividades de tratamiento requeridos por el Artículo 30(2) del REGLAMENTO (UE) 2016/679 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 27 de abril de 2016 (Reglamento general de protección de datos), en Adelante RGPD).
La base legal para el tratamiento de sus datos es el interés legítimo empresarial de poder fidelizar a nuestros Clientes, ofrecerles información comercial y la posibilidad de contratar nuevos servicios o productos y realizar acciones de marketing directo. La legitimación se basa en el consentimiento que usted nos otorga al remitirnos un correo electrónico, cumplimentar un formulario web o telefonearnos para enviarnos la información necesaria para prestar el servicio. Estos actos suponen una autorización de uso para la finalidad establecida.
Puede ejercitar sus derechos según lo incluido a continuación. El Usuario tiene reconocidos los siguientes derechos:
• Derecho a solicitar el acceso a sus datos personales.
• Derecho a solicitar su rectificación o supresión (derecho al olvido).
• Derecho a solicitar la limitación de su tratamiento, y a oponerse al tratamiento
• Derecho a la portabilidad de los datos
Para ejercer sus derechos no tiene más que realizar una solicitud por escrito y acompañarla de una copia de su DNI ante LLOPIS SERVICIOS AMBIENTALES, S.L., Ctra. De la Esclusa, nº4, 41011, Sevilla o en el correo electrónico lopd@llopisservicios.com
19.Separabilidad
Las presentes condiciones se considerarán independientes y, si alguna de ellas, en todo o en parte, se dejase sin efecto por las partes mediante pacto expreso escrito o fuera inválida por cualquier razón, el resto conservará su validez con toda su fuerza y efecto.
20. Ley aplicable
Estas Condiciones Generales se regirán e interpretarán conforme a la legislación española en aquello que no esté expresamente previsto en las mismas. Así mismo, en cuanto a la ley aplicable a las operaciones realizadas por LLOPIS SERVICIOS AMBIENTALES S.L las partes pactan por medio de la aceptación de estas condiciones generales de la contratación, el sometimiento expreso al ordenamiento jurídico español.
21. Fuero
CLÁUSULA ESPECIAL ARBITRAJE
Las partes se comprometen a resolver de manera amistosa cualquier desacuerdo que pudiera surgir en el desarrollo del contrato. En caso de no ser posible una solución amigable, y resultar procedente litigio, las partes, se comprometen, con renuncia a cualquier otro fuero, a someter todos los conflictos, litigios y desavenencias surgidas del presente contrato, ya sea en su cumplimiento, interpretación o ejecución, al arbitraje del Tribunal de la Asociación para el Arbitraje Mercantil “TAM», en el marco de sus Reglamentos, a la cual se encomienda la administración del arbitraje y la designación del árbitro o tribunal arbitral, obligándose desde ahora al cumplimiento de la decisión arbitral