Consultoría ambiental

Consultoría ambiental 

Una buena gestión documental es fundamental para una correcta gestión de residuos. Te asesoramos para que cumplas todas tus obligaciones como productor de residuos.

Ponemos a tu disposición personal especializado en la tramitación y gestión de la documentación legal y administrativa requerida que te ayudarán en las gestiones administrativas.

Te ayudamos a llevar un control de la gestión de los residuos, garantizando en todo momento la seguridad en el tratamiento de los mismos.

Tramitación administrativa delegada; Gestión de trámites y plataformas. Elaboración de informes periódicos de vertido.

Pasos necesarios para una Gestión de Residuos correcta

Nosotros realizamos todos los trámites para que no tengas que preocuparte por nada:

Identificación de residuos según código LER.

Acondicionamiento de los residuos en su instalación. Para ello suministramos cubas, jaulas, bidones, bigbag, GRG, cajas y etiquetas.

Alta como Pequeño Productor de Residuos Peligrosos.

Emisión del Contrato de Tratamiento de Residuos.

Emisión Contratos de Subrogación-cesión de Residuos Peligrosos (500kg/año).

Creación de la documentación necesaria para cada retirada de residuos.

Notificación Previa de Traslado.

Documento de Identificación.

Carta de porte.

Emisión del Certificado de Gestión de Residuos.

Presentación de la Declaración Anual de Residuos Peligrosos.

¡Una gestión transparente es una gestión eficaz!

¿Conoces la legislación de las directivas europeas y autonómicas en materia de medio ambiente?

¿Estás al tanto de la creciente sensibilidad social, la responsabilidad civil y penal de las empresas por daños causados al medio ambiente?

¿Conoces y aplicas la normativa relativa a los residuos que generas con tu actividad?

¿Sabes cómo gestionar correctamente los residuos que produces?

¿Has incorporado medidas para estar al día especialmente si produces residuos tóxicos y peligrosos?

Si la respuesta a todas o algunas de estas cuestiones es NO. Te expones a sanciones e incluso al cierre de actividad

El problema es que no siempre las empresas están al tanto a pesar de estar obligadas al cumplimiento de las políticas ambientales.

Servicios

Desde Llopis además de realizar la gestión integral de residuos podemos ofrecerte asesoría medioambiental en relación a todos estos servicios específicos:

01. Registro pequeño productor RTP
Prácticamente cualquier actividad industrial es potencialmente generadora de residuos peligrosos, ya que el Real Decreto 952/1997 en su anexo 2 considera residuo peligroso residuos corrientes en cualquier tipo de industria. Según la orden de 12 de marzo de 1998 de la Conselleria de Medio Ambiente, las industrias que generen menos de 10 tn/año de residuos peligrosos, tienen obligación de inscribirse en el citado registro.
02. Declaraciones anuales de gran productor de residuos peligrosos
Anualmente el productor de residuos peligrosos deberá declarar al órgano competente de la comunidad autónoma el origen y cantidad de los residuos producidos, el destino dado a cada uno de ellos y la relación de los que se encuentren almacenados temporalmente, así como las incidencias acaecidas el año anterior. Así mismo, la declaración contendrá la descripción de los procesos productivos generadores de los residuos, junto con la adecuada caracterización de estos y las informaciones relativas a la peligrosidad del residuo que no queden cubiertas por los códigos o epígrafes estándar.
03. Autorizaciones como gran productor de residuos peligrosos (DESDE 10 TN/AÑO)
Según el Real Decreto 833/1988, por el que se aprueba el reglamento para la ejecución de la ley 20/1986 básica de residuos tóxicos y peligrosos, “la instalación, ampliación o reforma de industrias o actividades generadoras o importadoras de residuos tóxicos y peligrosos o manipuladoras de productos de los que pudieran derivarse residuos de indicado carácter, requerirá autorización del órgano competente de la Comunidad Autónoma”.
04. Planes de minimización de residuos peligrosos y envases
Según la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, los productores de residuos peligrosos estarán obligados a disponer de un plan de minimización que incluya las prácticas adoptadas para reducir la cantidad de residuos peligrosos generados y su peligrosidad. Según el Real Decreto 952/1997, que modifica el Real Decreto 833/1988, a partir del 2001 los productores de residuos peligrosos deberán elaborar y remitir a la Comunidad Autónoma correspondiente un estudios de minimización por unidad producida, comprometiéndose a reducir estos residuos, en la medida de sus posibilidades. Según el Real Decreto 782/1998, por el que se aprueba el reglamento para la ejecución de la ley 11/97 de envases y residuos de envases, están obligados a elaborar planes empresariales de prevención de residuos de envases antes de mayo de 2000 los envasadores que en un año natural pongan en el mercado productos envasados o en su caso envases industriales o comerciales, que generen residuos de envases en más de: a) 250 toneladas de vidrio. b) 50 toneladas de acero. c) 30 toneladas de aluminio. d) 21 toneladas de plástico. e) 16 toneladas de madera. f) 14 toneladas de cartón o materiales compuestos. g) 350 toneladas de varios materiales que no superen individualmente los límites anteriores.
05. Autorización de vertidos
Los vertidos controlados a cauces pertenecientes al dominio público hidráulico, al dominio público marítimo terrestre, al alcantarillado municipal o a colectores generales, están sujetos a autorizaciones y al cumplimiento de un serie de parámetros de calidad, regulados por distintas leyes (Ley de Aguas, de Costas, ordenanzas municipales,) y administraciones públicas (Confederación hidrográfica, Junta de Andalucía, Ayuntamiento, etc.).

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¡Una gestión transparente es una gestión eficaz!

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